Por unanimidad, los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Penal, confirmaron la resolución del titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo, Augusto Octavio Mejía Ojeda, quien el pasado 12 de junio concedió a María del Rosario Robles Berlanga un amparo para que el juez penal modifique la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a la ex funcionaria federal.
Lo anterior significa que el juez de control Ganther Alejandro Villar Ceballos deberá citar a una nueva audiencia a más tardar el próximo lunes para revisar la medida cautelar impuesta a Robles Berlanga hace dos años.
Luego de que la Fiscalía General de la República y la Auditoría Superior de la Federación interpusieran recurso de revisión en contra de la resolución del juez de amparo ya citada, el magistrado Juan Carlos Ramírez Benítez presentó una ponencia al pleno del Noveno Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Amparo para confirmar los argumentos y razones expuestas por el juez de amparo, quien había determinado que la licencia falsa para justificar la existencia de diversos domicilios es falsa; que no existen recursos económicos ni de la inculpada ni de sus familiares, para que ésta pudiera evadir la acción de la justicia, y que está comprobado el asiento de Rosario Robles en la Ciudad de México.
El proyecto que fue aprobado por unanimidad desestimó los argumentos presentados por la FGR y la ASF para confirmar la prisión preventiva, y determinó amparar y proteger a la quejosa para los efectos de la resolución anterior, donde el juez de amparo Mejía Ojeda resolvió que debía considerarse la posibilidad de modificar la prisión preventiva.
En su resolución, el Tribunal Colegiado ya referido determinó también que el recurso de revisión solicitado por la Fiscalía es improcedente en virtud de que “sus agravios son infundados e inoperantes.
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